El pasado verano 2014, en pleno aniversario del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, el nº 26 de El Ecologista, la revista de Ecologistas en Acción, publicaba un artículo sobre la controvertida y no menos difícil de gestionar, organización de eventos deportivos en el medio natural, en especial en los Espacios Naturales Protegidos. Nuria Hijano, fundadora de Montnature, jurista especializada en medio ambiente y deporte de montaña, es la encargada de aportar una visión que busca el difícil equilibrio entre disfrute del medio ambiente y deber de conservarlo.
Los eventos deportivos en el medio natural han experimentado un gran auge en los últimos años. En muchos casos han servido para poner en valor determinados territorios como factor de desarrollo económico y elementos de dinamismo social al constituirse como fenómenos turísticos singulares. Pero no todo son bondades, la masificación de lugares ecológicamente sensibles y los defectos de gestión y organización de las pruebas ha suscitado el debate sobre los impactos (positivos y negativos) que ocasionan.
La demanda social de actividades en la naturaleza
ha fomentado la explosión y consecuente masificación de eventos deportivos, sobre todo carreras por montaña y btt. Derivando en conflictos entre uso público y gestión del territorio, más aún cuando nos referimos a espacios naturales protegidos.
Hemos de partir de un hecho, en el colectivo de practicantes de deportes de montaña predomina una actitud de sensibilización ambiental. Pero no siempre es así, hay pruebas que deberían hacer un esfuerzo por aplicar medidas de prevención de impacto ambiental. La frontera entre lo sostenible y lo insostenible está en la cantidad de eventos deportivos, de participantes y espectadores; así como en la fragilidad de los lugares por los que discurren. Encontramos eventos que reúnen a miles de personas en zonas de montaña de alto valor ecológico. La falta de regulación y coordinación entre organizadores y administraciones origina problemas de conservación como residuos, erosión, ruido… incluso pueden desbordar el espacio público. Es necesaria una correcta ordenación de la actividad, limitando el número de participantes, para minimizar la afección de estas actividades sobre el medio ambiente y para reorientar las capacidades de acogida de espacios y servicios.
La mejor preservación del medio natural se consigue con la elección adecuada del trazado y fecha de celebración de la prueba.
No en todos los lugares pueden realizarse estas pruebas. La fragilidad de los ecosistemas, las características físicas o la capacidad de carga de los espacios son factores limitantes. Además, estos eventos se celebran en primavera y principios de verano, cuando las condiciones ambientales son ideales para la práctica deportiva, pero resulta que coincide con la época de mayor actividad biológica, muy sensible para fauna y flora.
La planificación previa del itinerario debe pasar por el control de los gestores del espacio y éste debe ser revisable, ya que pueden cambiar las condiciones o detectarse impactos que el organizador debe conocer y asumir. Normalmente el diseño del recorrido no se hace en colaboración con la administración, el organizador se limita a solicitar los permisos y suelen ser son concedidos. Paradójicamente, encontramos pruebas que discurren por zonas de máxima reserva en un espacio natural protegido, donde hay especies en peligro de extinción o endemismos, razón de ser de la tutela selectiva del medio natural frente a agresiones.
¿Quién mata la gallina de los huevos de oro?
La celebración de este tipo de eventos supone un valor turístico-deportivo que da impulso a la economía del lugar de celebración. En pequeñas poblaciones donde se han extinguido formas de vida tradicionales, gracias a estos eventos, se produce un efecto multiplicador para comercializar productos y singularidades locales y dan a conocer la realidad cultural y natural de los entornos rurales. Repercusión económica ligada a la afluencia de participantes, acompañantes y espectadores.
Marcas deportivas, municipios, clubes y empresas de turismo activo se afana por organizar este tipo de eventos. Se han convertido en un negocio que puede generar pingües beneficios para su promotor. Muchos clubes han encontrado una vía de financiación en la organización de estas actividades, por las que se cobra una inscripción, abiertas al público en general. Aparentemente puede suponer una actividad dirigida a la captación de nuevos socios, pero la picaresca arroja que muchos se comporten como empresas privadas en el reparto de beneficios y pero no con respecto a sus obligaciones legales. Supone una actuación bajo falsa apariencia de legalidad, fraude de ley. No cumplen los fines del objeto social de la entidad: la promoción del deporte sin ánimo de lucro. Cuando se obtengan beneficios o se organicen actividades abiertas al público general ajeno al entorno asociativo, las entidades deportivas deben observar el mismo régimen jurídico mercantil, fiscal, laboral, etc. que una empresa.
Regulación vs. Prohibición.
Es necesaria una correcta ordenación de la actividad en aras de la seguridad, la propia calidad de la prueba y sobre todo de la conservación del espacio donde se celebra.
La visión de la montaña como deporte es una concepción moderna, el entorno “salvaje”, alejado de instalaciones y normas escritas, aporta un matiz de aventura, un extra de libertad del urbanizado modo de vida occidental. Han surgido muchas entidades especializadas en satisfacer las necesidades organizativas de estas actividades. Un sector económico
en expansión más cercano al turismo deportivo y que sobrepasa la regulación de la Ley 10/1990 del Deporte cuyo objeto es la ordenación del deporte, reconociendo las acciones organizativas y de promoción desarrolladas por las asociaciones deportiva y del sector privado en el deporte bajo principios de colaboración responsable entre todos los interesados.
El deber conservar el medio ambiente para evitar los efectos del deterioro ambiental conlleva necesariamente la cooperación colectiva. Así lo establece la propia Constitución. Es competencia del Consejo Superior de Deportes “Colaborar en materia de medio ambiente y defensa de la naturaleza con otros organismos públicos y privados” Así lo expresan los Estatutos de la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada (FEDME) y autonómicas. Deben “trabajar y colaborar en la protección del medio con el objetivo prioritario de acciones que no modifiquen su estado natural inicial”. Tienen competencia en materias de competición deportiva y regulan la organización de pruebas oficiales. La propia FEDME, ya tiene un “Procedimiento para el control medioambiental” Pero, como hemos visto, muchas pruebas tienen finalidades más económicas que deportivas y son ajenas al entorno federativo. Algunas, disponen de reglamentos propios que abarcan cuestiones medioambientales, gestión de residuos y desmantelamiento de trazados y se sancionan comportamientos anti ecológicos (tirar basuras o salirse del recorrido). Otras, se lanzan a organizar eventos deportivos de gran afluencia de participantes y espectadores, sin considerar las responsabilidades que ello conlleva.
Es cierto que no hay códigos de conducta unánimes y la creación normativa debe buscar la participación de todos los agentes implicados. Pero existen herramientas que sirven de referencia para una correcta regulación. La Declaración del Tirol 2002 “Conferencia sobre el futuro de los deportes de montaña” sobre las mejores prácticas en deportes de montaña establece como una de sus máximas: Mantener intacta la naturaleza como responsabilidad para garantizar el valor ecológico y las características naturales de montañas y acantilados en todo el mundo.
Es destacable el estudio “Incidencia Socioeconómica y Ambiental de las Carreras por Montaña en el Medio Rural y Natural en España”. 2010. FEDME en colaboración con el Consejo Asesor Científico de las Montañas del Ministerio de Medio Ambiente.
En cuanto a los Espacios Naturales Protegidos, la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece como uno de sus objetivos “formular los criterios orientadores de las políticas sectoriales y ordenadores de las actividades económicas y so
ciales, públicas y privadas”. Por lo que la regulación sobre estas actividades debiera establecerse dentro de los planes de ordenación de uso y gestión (PRUG) y Uso Público. Recogiendo el diseño de trazados e itinerarios acordes con la zonificación del espacio, determinando su capacidad de carga y controlando la idoneidad de los organizadores y promotores. Incluso hay voces que claman por la necesidad de realizar un Evaluación de Impacto Ambiental.
La búsqueda de soluciones a los problemas expuestos, que son muchos, pero seguro que no todos los posibles, conocidos y por conocer, presenta como un factor fundamental la correcta organización de estas pruebas. Es necesaria una política de prevención, información, educación ambiental y transparencia en las recomendaciones para que tengan efectos positivos sobre los territorios en las que se realizan. Adoptando medidas eco turísticas que retroalimenten los valores protegidos. Supone un compromiso real de implicación de todos los agentes sociales y económicos, públicos o privados (entidades deportivas, empresas de turismo activo, marcas del sector, conservacionistas, participantes, población rural, gestores del territorio, políticos, etc.). Lo más importante es que no olvidemos que el ámbito espacial para la práctica de actividades deportivas, recreativas y de ocio, es la naturaleza, dependen de la existencia de ésta y por tanto de su conservación.
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